Para cualificar para la clasificación de No Inmigrante H-2A, el peticionario debe:
Ofrecer un empleo de naturaleza temporal o de estación;
Demostrar que no hay suficientes trabajadores estadounidenses capaces, dispuestos, cualificados y disponibles para realizar el trabajo temporal;
Demostrar que la contratación de empleados H-2A no afectará los sueldos y las condiciones de trabajo de los empleados estadounidenses en tareas similares;
Generalmente, presentar una sola Certificación de Trabajo Temporal válida emitida por el Departamento del Trabajo de los Estados Unidos (DOL) junto con la petición H-2A. (Existe una excepción limitada para este requisito en ciertas “circunstancias emergentes”. Vea 8 CFR 214.2 (h)(5)(x) para detalles específicos).